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ORDEN JUS/54/2011, de 19 de Enero, por el que se modifica la Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre, por la que se delegan competencias.

Artículo único. Modificación de la Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre, por la que se delegan competencias del Ministro y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos del Ministerio de Justicia.

Cinco.

Todas las delegaciones operadas por cualquier órgano en el titular de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y/o en el titular de la Dirección General de Relaciones con las Confesiones, se entenderán hechas en el titular de la nueva Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.

Seis.

El titular de la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones ejercerá, por delegación de los órganos que se citan, las competencias que se indican seguidamente:

  • A) Del titular del Departamento: La resolución de los expedientes de solicitud de inscripción, cancelación o anulación de las inscripciones en el Registro de Entidades Religiosas.
  • B) Del titular de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones:
    • 1. La resolución del expediente de solicitud de cualquier modificación de las circunstancias reseñadas en el artículo 3 del Real Decreto 142/1981, de 9 de enero, sobre organización y funcionamiento del Registro de Entidades Religiosas, según lo previsto en el artículo 5 del propio real decreto.
    • 2. La resolución del expediente de solicitud de anotación de lugares de culto.