Proceso selectivo para la designación de la Presidencia y de la Adjuntía a la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos

Nota Informativa: De conformidad con el art. 11 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos de solicitud (Anexo I) y de declaración responsable (Anexo II) deberán presentarse firmados a través de cualquiera de los medios de identificación previstos en dicha Ley.

Nota Informativa: De conformidad con el apartado 2 de la base quinta de la convocatoria, se abre un plazo de cinco días hábiles desde la publicación del Listado Provisional de Admitidos y Excluidos para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión. La presentación de la documentación para subsanación deberá realizarse en los mismos términos que para la presentación de solicitudes, ante el Registro del Ministerio de Justicia o a través de cualquiera de las formas establecidas por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que la presentación se realice a través de registro electrónico y se incluya documentación que supere los límites de capacidad establecidos en el formulario del mismo (por el número de documentos anexos y/o por el tamaño de los mismos), puede realizar un segundo asiento registral con el resto de información indicando en el asunto del mismo la referencia al número de registro del primero.

Nota Informativa:​De conformidad con el apartado 2 de la base quinta de la convocatoria, se abre un plazo de cinco días hábiles desde la publicación del Listado Provisional Complementario de Admitidos y Excluidos para que los aspirantes incluidos en el mismo puedan subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión. La presentación de la documentación para subsanación deberá realizarse en los mismos términos que para la presentación de solicitudes, ante el Registro del Ministerio de Justicia o a través de cualquiera de las formas establecidas por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que la presentación se realice a través de registro electrónico y se incluya documentación que supere los límites de capacidad establecidos en el formulario del mismo (por el número de documentos anexos y/o por el tamaño de los mismos), puede realizar un segundo asiento registral con el resto de información indicando en el asunto del mismo la referencia al número de registro del primero.