COMPETENCIAS DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
Cada Tribunal de Instancia asumirá las competencias de los juzgados unipersonales, lo que implica el conocimiento de los asuntos del orden jurisdiccional civil, la fase de instrucción de los procesos penales y el enjuiciamiento de delitos leves, que hasta ahora se tramitaban en los juzgados de primera instancia y/o de instrucción.
Del mismo modo, el Tribunal de Instancia será competente en la ejecución de procedimientos civiles y penales, así como en el auxilio judicial, tanto en el ámbito nacional como internacional, que hasta ahora eran también competencias propias de dichos juzgados.
Además, en función del tamaño del partido judicial, los Tribunales de Instancia podrán tener Secciones especializadas que se corresponderán con las distintas materias (social, contencioso-administrativa, mercantil, violencia sobre la mujer o violencia contra la infancia y la adolescencia, por ejemplo) de las que hasta ahora se ocupaban los juzgados correspondientes.
FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
En los Tribunales de Instancia, el ejercicio de la jurisdicción continuará realizándose de forma individual, de manera que los jueces y las juezas del tribunal seguirán conociendo de los procedimientos que tuvieran asignados y los nuevos asuntos que les correspondan. El turno de reparto de los temas estará regido por normas públicas y predeterminadas que identificarán al juez o a la jueza a quien deba repartirse cada uno de ellos por razón de las plazas que ocupen en el Tribunal de Instancia.
La Ley de Eficiencia contempla mecanismos para que los miembros de las distintas Secciones del Tribunal de Instancia puedan consensuar la unificación de criterios y prácticas. De esta forma, se podrá ofrecer una respuesta similar a supuestos sustancialmente iguales, sin menoscabo de la independencia judicial, al tiempo que se reforzará la seguridad jurídica y, por tanto, la confianza de las personas que han de recurrir a este servicio público.
Cada uno de los Tribunales de Instancia contará con un presidente o presidenta, que se designará de forma democrática entre sus miembros. Se trata de una figura con especial relevancia en aspectos organizativos y gubernativos para el buen funcionamiento del órgano judicial, que tiene entre sus atribuciones:
- Garantizar la correcta organización del Tribunal y de sus miembros.
- Velar por un reparto equitativo de los asuntos.
- Promover la unificación de criterios y prácticas entre los jueces, juezas, magistrados y magistradas del Tribunal de Instancia.
- Escuchar las quejas y sugerencias relativas al funcionamiento del Tribunal.
- Ostentar la representación del Tribunal ante los poderes públicos.