Si el país en que se encuentra el menor ha firmado el Convenio de la Haya sobre los aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de menores y si la residencia habitual del menor fuera España, deberá presentar la solicitud de restitución ante el Ministerio de Justicia que comprobará si la solicitud está completa y se adecúa a los requisitos previstos en el Convenio y de ser así, la transmitirá a las Autoridades competentes del país en el que se encuentre el menor.
Caso de que la solicitud estuviera incompleta, el Ministerio de Justicia se pondrá en contacto con usted con el fin de que proceda a completar dicha solicitud.
Debe tener en cuenta que para poder presentar la solicitud de restitución internacional han de cumplirse los siguientes requisitos previstos en el Convenio de la Haya:
Que el hijo sea menor de 16 años
Que la residencia habitual del menor sea España y haya sido trasladado ilícitamente te a un Estado Miembro de la Unión Europeo o a uno de los Estados firmantes del Convenio de la Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.
Que usted tuviera en el momento de la sustracción un derecho de custodia y hasta entonces ejercía ese derecho.
Que haya pasado menos de un año desde que se produjo la sustracción.
LA SOLICITUD se puede descargar en los siguientes link:
El Ministerio de Justicia trasladará la solicitud de restitución a la autoridad central de país donde se encuentra su hijo o hija y hará un seguimiento del caso con la Autoridad Central Extranjera
Pero en todo caso, la decisión final sobre si procede o no el retorno del menor a España corresponde a un tribunal extranjero