Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado

  • Funciones

     

  • Acceso

    Adscripción del Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado al Ministerio de Justicia

    Introducción.

    El Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado está adscrito al Ministerio de Justicia, y tiene respecto a sus funcionarios y funcionarias, las competencias propias de dicha adscripción.

    Los miembros del Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado tendrán atribuidas con carácter exclusivo las funciones de asistencia jurídica al Estado e Instituciones Públicas y figurarán dentro de la relación de puestos de trabajo de la Abogacía General del Estado.

    Descripción de las oposiciones a Abogado/a del Estado.

    El ingreso en el Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado se efectuará de acuerdo con la oferta de empleo público, exclusivamente a través del sistema de oposición libre, entre aquellas personas que ostenten la Licenciatura o Grado en Derecho, mediante convocatoria pública del Ministerio de Justicia.

    La oposición se regirá por lo establecido en la normativa general sobre ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado.

    La Dirección General de la Función Pública, a propuesta del Abogado/a General del Estado, informará el contenido del programa y la convocatoria de las pruebas selectivas.

    La oposición constará de cinco ejercicios, de los que dos tendrán carácter teórico; dos, carácter práctico, y uno consistirá en la lectura y traducción de, al menos, un idioma extranjero, todos ellos con eficacia eliminatoria:

    • Los ejercicios teóricos se realizarán de acuerdo con el programa que el Ministerio de Justicia apruebe al efecto y que se publicará en el Boletín Oficial del Estado con seis meses de antelación, como mínimo, a la fecha de la convocatoria.

    • Los ejercicios prácticos consistirán en resolver o informar razonadamente asuntos o expedientes relacionados con las materias en que tienen competencia la Abogacía General del Estado.

      Normalmente estas oposiciones se convocan cada año y medio.

  • Requisitos