Se convoca proceso selectivo para cubrir un total de 6 plazas en el Cuerpo
Nacional de Médicos Forenses, para cubrir por el turno libre por el sistema de concurso,
reservado a personas que tengan la condición legal de personas con discapacidad con
un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el
indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las
tareas propias que corresponden al Cuerpo por el que se presenten y superen las
pruebas selectivas, con la distribución territorial reflejada en el siguiente cuadro,
conforme a la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que, en
ejecución de sentencias, se dictan instrucciones para establecer una reserva de
discapacidad en los procesos selectivos convocados por el sistema de concurso
derivados del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de
empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General
del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y,
en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del
ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito
territorial no se podrán acumular a otro distinto, sin perjuicio de lo dispuesto a
continuación y en el punto anterior.
No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada
la solicitud, salvo para el caso de que se produjeran vacantes en un determinado ámbito
territorial, en cuyo caso se ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que,
habiendo sido valorados sus méritos en la fase de concurso, sigan a los propuestos
hasta completar el total de plazas convocadas.
Así, de este modo, si en un ámbito territorial hubiesen aspirantes que habiendo sido
baremados sus méritos no superasen el proceso selectivo al venir el número de
personas aprobadas limitado por el número de plazas convocadas en ese ámbito
territorial y en otro ámbito territorial hubiesen quedado plazas sin cubrir, estas plazas
vacantes podrán ser ofertadas a los aspirantes que no superaron el proceso en su
ámbito, de mayor a menor nota, debiendo manifestar expresamente su conformidad con
el cambio de ámbito territorial y su inclusión a continuación del último o última candidata
que aprobó por el ámbito en el que le ha ofertado la plaza vacante existente. Si la
persona aspirante con la nota más alta rechazase esta posibilidad, se pasará a la
siguiente y así sucesivamente.
Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible,
todos los términos y plazos establecidos en la presente orden se contarán a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».