Carrera Judicial

  • Funciones

     

  • Acceso

    Novedades introducidas por la LOPJ

    La nueva LOPJ determina que los Jueces y Magistrados profesionales forman la Carrera Judicial. La LOPJ modifica el sistema de ingreso en la Carrera Judicial, así como la extensión a nuevos supuestos de los principios de mérito, formación y especialización para la adjudicación de los diferentes destinos, superándose así el exclusivo criterio de antigüedad.

    Con la nueva LOPJ, el proceso de selección para el ingreso en la Carrera Judicial pretende garantizar, con objetividad y transparencia, los siguientes principios:

    • La igualdad en el acceso a la misma de todos los ciudadanos que reúnan las condiciones y aptitudes necesarias,

    • La idoneidad y suficiencia profesional de las personas seleccionadas para el ejercicio de la función jurisdiccional.

    En este sentido se mantiene la oposición como sistema general para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de Juez, por ser este sistema el que mejor garantiza la selección objetiva y rigurosa. Para el ingreso por la categoría de Magistrado se considera necesario establecer un nuevo sistema de baremación de méritos y complementar la formación de los que ingresan por esta vía con un curso de formación que garantice el correcto desempeño de las tareas jurisdiccionales que les serán propias a partir de ese momento.

    En la misma línea, la nueva LOPJ exige dos años de antigüedad en la Carrera Judicial a todos aquellos que pretendan acceder a pruebas de especialistas, con el fin de que se tenga un mínimo de experiencia con carácter previo a acceder a puestos reservados para éstos.

    En la resolución de concursos para acceder a órganos colegiados se apuesta decididamente por la especialización, sentando las bases para que en su acceso se valoren, bien conocimientos específicos, bien experiencia previa en el correspondiente orden jurisdiccional, aun cuando tales criterios se combinen con el de la antigüedad.

    Se introducen modificaciones en el régimen de situaciones administrativas, destacando las relativas a los Magistrados del Tribunal Supremo, con un estatuto más riguroso, que se justifica por la especialidad y trascendencia de su labor. En este mismo orden de cosas se incorpora al Estatuto de Jueces y Magistrados la normativa del régimen común relativa a la conciliación de la vida familiar con la actividad profesional.

    Con el fin de eliminar la práctica fraudulenta de apartar a un Juez o Magistrado del conocimiento de un determinado asunto mediante la previa presentación de querella que luego resulta sin fundamento alguno, esta nueva Ley prevé que el órgano instructor, para contrastar mínimamente los hechos, pueda practicar diligencias con carácter previo a su admisión a fin de que pueda determinar su propia competencia o la relevancia penal de los hechos que se imputen o la verosimilitud de la imputación.

    Cómo se produce el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado

    • Mediante ascenso de los Jueces que ocuparan el primer lugar en el escalafón dentro de esta categoría (de cada cuatro vacantes que se produzcan en la categoría de Magistrados, dos se proveerán de esta forma). Será necesario que hayan prestado tres años de servicios efectivos como Jueces.

    • Por ascenso del Juez en el turno que le corresponda, transcurridos los plazos señalados. El Juez que ejercitara la renuncia, en este supuesto, mantendrá su puesto en el escalafón de Jueces hasta que ascienda y no podrá participar en los concursos ordinarios de traslado mientras permanezca en esta situación.

    • Por medio de pruebas selectivas en los órdenes jurisdiccionales civil y penal, y de especialización en los órdenes contencioso-administrativo y social entre Jueces. Para presentarse a las pruebas selectivas o de especialización es necesario acreditar dos años de servicios efectivos, cualquiera que fuere la situación administrativa del candidato. Las pruebas selectivas para la promoción de la categoría de Juez a la de Magistrado en los órdenes jurisdiccionales civil y penal se celebrarán en la Escuela Judicial.

    • Por concurso, entre juristas de reconocida competencia y con más de diez años de ejercicio profesional.

    • También ingresarán en la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo, o de Magistrado, juristas de reconocida competencia en los casos, forma y proporción que explicaremos a continuación. Quienes pretendan el ingreso en la carrera judicial en la categoría de Magistrado precisarán también superar un curso de formación en la Escuela Judicial.


  • Requisitos