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El Consejo de Ministros aprueba la nueva Ley del derecho de rectificación y la envía al Congreso para su tramitación

2026/01/13
El Consejo de Ministros aprueba la nueva Ley del derecho de rectificación

El proyecto de ley permite solicitar una rectificación de la información a usuarios relevantes de redes sociales y los obliga a establecer un mecanismo visible para ello.

El Gobierno ha aprobado hoy de manera definitiva en Consejo de Ministros el Proyecto de Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Rectificación. Una norma que actualiza este derecho a las nuevas realidades de los medios de comunicación y a las vías por las que los ciudadanos acceden a la información, de modo que sustituirá a la actual legislación, de 1984.

Según ha explicado el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, el derecho de rectificación cumple una función esencial en la tutela de algunos derechos fundamentales —como el derecho al honor o a comunicar y recibir libremente información veraz— pues permite corregir informaciones inexactas que causan perjuicio y contribuye a favorecer la calidad del debate público, afectado por la proliferación de las fake news.

Los usuarios relevantes de redes sociales, obligados a rectificar

El proyecto de ley introduce novedades fundamentales en lo relativo a quienes pueden ser objeto de rectificación. Además de los medios de comunicación, tanto los tradicionales como los digitales, también se podrá solicitar una rectificación de la información publicada a usuarios de plataformas en línea. Se aplicará a lo que la ley denomina usuarios “de especial relevancia" (conocidos popularmente como influencers) por su número de seguidores —quienes tienen 100.000 seguidores en una única plataforma o 200.000 de forma acumulada en varias—.

Para ello, los medios digitales y los usuarios de plataformas deberán establecer un mecanismo accesible y visible que permita enviar fácilmente la solicitud de rectificación. Además, para las informaciones publicadas en redes sociales, se ha incorporado la obligación de reflejar en la información original objeto de rectificación un aviso aclaratorio de que ha sido rectificada.

Los menores de edad podrán ejercer el derecho de rectificación

En medios digitales, la rectificación deberá hacerse mediante un nuevo enlace con relevancia semejante al de la información original que se rectifica. Si la información se publica en varios medios, deberá ser rectificada en todos. Y en el caso de las plataformas en línea, la rectificación deberá publicarse junto a la primera información, en un lugar visible.

Asimismo, con esta nueva norma las personas menores de edad podrán ejercer el derecho de rectificación por sí mismas si sus condiciones de madurez lo permiten. En su caso, siempre lo podrán hacer los mayores de 16. Además, se amplía el número de personas que podrán solicitar la rectificación de informaciones que afecten a un fallecido, permitiendo que lo hagan ascendientes, descendientes, hermanos, cónyuge o pareja, o quienes hayan sido designados expresamente.

En cuanto al plazo para ejercitar el derecho de rectificación, será de 10 días naturales si la información ha sido publicada en medios de comunicación tradicionales y de 20 días para medios digitales o perfiles de plataformas digitales.

Avanzando en el Plan de Acción por la Democracia

Por último, la ley simplifica el procedimiento judicial al que pueden acudir los ciudadanos a los que se les deniegue la rectificación, para garantizar una mayor agilidad y adaptación a los entornos digitales.

Con la aprobación de este proyecto de ley se cumple una medida más del Plan de Acción por la Democracia aprobado por el Consejo de Ministros en septiembre de 2024, en concreto la medida 2.4.2.