Existen dos catálogos de la Biblioteca del Ministerio de Justicia, editados en el s. XIX. El primero lo realizó Antonio Hesse en 1873 por orden del entonces ministro de Gracia y Justicia D. Eugenio Montero Ríos (1832-1914). El segundo, de 1885, fue formado en virtud de acuerdo de la Comisión Permanente de Legislación Extranjera por los auxiliares D. Rafael de Gracia y Parejo y D. Valentín Torrecilla y Quiñones.
El catálogo de Antonio Hesse, en una advertencia preliminar, da breve noticia de la fundación de la Biblioteca y de los diferentes criterios existentes en la época para la organización de una colección tan especializada como la que allí se custodia. Es, por ello, interesante tanto desde el punto de vista de la historia y los orígenes de la Biblioteca como desde el punto de vista de la Biblioteconomía, la disciplina que se ocupa de la gestión y organización general de éstas y de sus fondos. Se citan un total de 1061 títulos, si incluimos los citados en el breve apéndice, además de 219 obras editadas en Portugal o de temática portuguesa. Una colección que ascendería a 3915 volúmenes en total según consta en el Catálogo de 1885 (p. VI). Todos ellos se encuentran convenientemente clasificados en materias especializadas del Derecho, aunque también hay hueco para obras de Filosofía, Historia, Literatura, Gramática o Filología. Aquellas que representaron más problemas en cuanto a su contenido fueron clasificadas bajo la denominación de Miscelánea. De gran utilidad son los índices alfabéticos de autores, uno general y otro referido a la colección portuguesa, con los que se cierra el volumen.
También incluye un reglamento para la biblioteca, aprobado D. Eugenio Montero Ríos el 14 de septiembre de 1870, que está estructurado en dos títulos y veinticuatro artículos. Este reglamento establece la dependencia directa y exclusiva –por parte de la Biblioteca– del Sr. Subsecretario, en esta fecha don Álvaro Gil Sanz (art. 3, título I), quien fiscalizará el estado de la Biblioteca, su conservación y aseo; así como el arreglo de los índices dobles (por materias y autores) los libros de Registro, de Pedidos y de Adquisiciones (art. 5, título II). Las obligaciones del bibliotecario se recogen en el título II, del art. 6 al 17, siendo las más destacables la de llevar tres cuadernos auxiliares (art. 7, título II): el de registro, donde se anotarán las novedades, el de pedidos, que dará cuenta de los préstamos, y el de adquisiciones, donde se apuntarán los libros solicitados o que se consideran útiles para completar la colección. Además, el bibliotecario debe pasar nota trimestral de las novedades adquiridas a los Oficiales y Auxiliares de la Secretaría (art. 9, título II). Para cumplir con sus obligaciones, el Bibliotecario tendrá como ayudante un Auxiliar de los aspirantes sin sueldo, un escribiente (cuando lo necesite) y un portero (art. 3, título II). El Reglamento también establece que la Biblioteca estará abierta diariamente á [sic] las mismas horas que se tengan señaladas de despacho en la Secretaría.
Del segundo catálogo, en el que también hallamos noticia histórica sobre la fundación de la Biblioteca y sobre las obras de ampliación llevadas a cabo a partir de 1879, cabe destacar la reproducción del Real Decreto de 12 de febrero de 1884, refrendado por el ministro de Gracia y Justicia Sr. D. Francisco Silvela y publicado en la Gaceta de Madrid un miércoles, 13 de febrero de 1884 (Año CCXXIII, nº 44, Tomo I, p. 423). Con él se da el impulso definitivo a la Biblioteca creando, en virtud de su artículo primero, en el Ministerio de Gracia y Justicia una Biblioteca especial de Códigos, textos legales y jurisprudencias de los países extranjeros y de España, Tratados internacionales, comentarios, obras de legislación comparada y de Derecho positivo, y Derecho internacional público y privado, además de una Comisión permanente, denominada de Legislación extranjera, para la organización y fomento de la Biblioteca. El Real Decreto cita todas las funciones encomendadas a dicha Comisión sobre tareas organizativas, de instalación y de gestión, así como la obligación de publicar el Catálogo y las adiciones al mismo, que serán insertadas anualmente en la Gaceta de Madrid (art. 6º), y redactar un Reglamento interior de la Biblioteca, que será aprobado por Real orden (art. 7º).
A uno de los primeros acuerdos de esta Comisión le debe este Ministerio la magnífica sala con todas las características típicas de estas instalaciones en el s. XIX:
Las obras se llevaron a cabo durante el otoño de 1884, agregando al salón otras habitaciones, a las cuales se trasladaron los antiguos estantes que había en aquél, colocando en su lugar una estantería corrida, de dos cuerpos, con su correspondiente galería.
A nivel bibliográfico se incluye el plan del catálogo, donde se explica y justifica la organización y clasificación llevadas a cabo sobre los 2621 títulos, los dos últimos incluidos de puño y letra, que componen un total de 7339 volúmenes (p. IX). El catálogo se cierra con un índice por países de las obras de derecho extranjero y un índice alfabético de autores.
BIBLIOGRAFÍA
HESSE, Antonio. Catálogo de las obras de la Biblioteca del Ministerio de Gracia y Justicia: formado de orden del ministro D. Eugenio Montero Ríos / por Antonio Hesse. Imprenta del Ministerio de Gracia y Justicia, 1873.
CATÁLOGO de la Biblioteca formado en virtud de acuerdo de la Comisión de Legislación Extranjera / por Rafael de Gracia y Parejo y Valentín Torrecilla y Quiñones. Imprenta del Ministerio de Gracia y Justicia, 1885.