La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (en adelante, Ley de Eficiencia), marca un punto de inflexión en la organización de la Administración de Justicia en España. Esta norma surge como respuesta a la necesidad de actualizar y optimizar las estructuras y recursos judiciales de nuestro país, que, de manera general, fueron configurados por la Ley Orgánica del Poder Judicial hace 40 años, adaptándolos a los desafíos sociales y tecnológicos del siglo XXI.
Para lograr la mejora del Servicio Público de Justicia, la Ley de Eficiencia introduce tres elementos principales en la estructura judicial: los Tribunales de Instancia, las Oficinas Judiciales y las Oficinas de Justicia en el Municipio. Los tres sirven como base de la nueva configuración de la Administración de Justicia, reorganizando y maximizando los recursos existentes para proporcionar la mejor atención a los usuarios.
Los Tribunales de Instancia integrarán los juzgados unipersonales, sustituyendo el modelo tradicional por una organización colegiada más eficiente. Cada uno de ellos contará con una Oficina Judicial, que centralizará los servicios comunes, permitiendo aprovechar de manera óptima los recursos disponibles. Por su parte, los Juzgados de Paz evolucionarán a las Oficinas de Justicia en el Municipio, modernizando sus funciones.
La Ley de Eficiencia convertirá los más de 3.900 juzgados unipersonales existentes en 431 Tribunales de Instancia, con sus correspondientes Oficinas Judiciales, uno en cada partido judicial, y las Oficinas de Justicia en el Municipio asumirán las competencias de los Juzgados de Paz, ampliando además sus servicios para proporcionar una atención completa a los ciudadanos en todos los puntos del territorio nacional.