Tramitación Procesal y Administrativa

  • Funciones

    Corresponde con carácter general al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, la realización de cuantas actividades tengan carácter de apoyo a la Gestión Procesal, según el nivel de especialización del puesto desempeñado, bajo el principio de jerarquía y de conformidad con lo establecido en las Relaciones de Puestos de Trabajo.

    Sin perjuicio de las funciones concretas del puesto de trabajo que desempeñen, les corresponde:

    • La tramitación general de los procedimientos, mediante el empleo de los medios mecánicos u ofimáticos que corresponda, para lo cual confeccionarán cuantos documentos, actas, diligencias, notificaciones y otros le sean encomendados, así como copias de documentos y unión de los mismos a los expedientes.

    • Registro y clasificación de la correspondencia.

    • Formación de autos y expedientes, bajo la supervisión del superior jerárquico.

    • Confección de las cédulas pertinentes para la práctica de los actos de comunicación que hubieran de realizarse.

    • El desempeño de aquellas jefaturas que en las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial estén asignadas a este Cuerpo, en la forma y condiciones que en las mismas se establezcan.

    • La posibilidad de ocupar puestos de las Unidades Administrativas, siempre que se reúnan los requisitos y conocimientos necesarios exigidos para su desempeño en las Relaciones de Puestos de Trabajos de las mismas.

    • La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.

    • Las funciones que puedan asumir en orden a la protección y apoyo a las víctimas, así como de apoyo a actuaciones de justicia restaurativa y de solución extraprocesal.

    También podrán ocupar puestos de las unidades administrativas, siempre que reúnan los requisitos y conocimientos necesarios exigidos para su desempeño en las Relaciones de Puestos de Trabajo de las mismas.

  • Acceso

    ​Principios de selección del Cuerpo de Tramitacion Procesal y Administrativa

    La Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, (BOE de 22), que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial regula en su Libro VI los principios básicos que rigen la selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El Reglamento General de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real 1451/2005 de 7 de diciembre, desarrolla estos principios.

    El Ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa puede tener lugar mediante Acceso libre, abierto a todos los aspirantes que reúnan los requisitos que se indicarán más adelante, o por promoción interna reservada a los funcionarios de carrera del cuerpo de Auxilio Judicial con dos o más años de antigüedad en el Cuerpo.

    En ambos sistemas de acceso se garantizaran los pricipios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

    El acceso libre tiene lugar inicialmente, por oposición, que es el sistema ordinario, aunque excepcionalmente puede ser por concurso oposición.

    El acceso por promoción interna, será siempre por concurso oposición.

    En la Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre (BOE de 15), se establecen las bases comunes que rigen el acceso o ingreso a los Cuerpos de la Administración de Justicia. Se regulan en ella los requisitos de acceso, el modo de presentación de solicitudes, los plazos, los Tribunales y el desarrollo general de los procesos selectivos.

    Las pruebas selectivas se convocan con periodicidad anual e incluyen las plazas que hayan sido autorizadas en la Oferta de Empleo que elabora el Ministerio de Administraciones Públicas y se publica en el Boletín Oficial del Estado en los primeros meses de cada año natural.

    En todas las convocatorias se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas con personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones.

    El contenido del temario así como las pruebas a realizar son únicos en todo el territorio del estado, aunque las plazas ubicadas en el territorio de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos se ofertarán por el ámbito territorial de la comunidad autónoma de que se trate, y en caso de quedar vacantes no podrán acumularse a otro ámbito territorial diferente.

  • Requisitos

    ​Para participar en las pruebas de acceso al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa serán necesarios los siguientes requisitos:

    • ​Nacionalidad: Tener nacionalidad española.

    • Edad: Tener dieciseis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

    • Titulación: poseer la titulación de bachiller o equivalente.

    • Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    • Habilitación:

      • No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.

      • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.

    Para el Turno de Promoción Interna será necesario además, llevar al menos dos años de servicios efectivos en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

    Estos requisitos, así como las normas generales para participar en las oposiciones se detallan en la "Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases comunes.