El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha aprobado hoy el Real Decreto que establece el Reglamento que regulará el nuevo procedimiento de adquisición de nacionalidad por residencia. Se trata de articular una tramitación de carácter netamente administrativo (no mixto, parte judicial y parte administrativo, como lo era hasta ahora), basada en la gestión electrónica en todas sus fases, lo que permitirá acortar sensiblemente los plazos de resolución. El procedimiento lo instruye la Dirección General de Registros y del Notariado y la resolución será notificada al interesado en un plazo máximo de un año desde la presentación de la solicitud.