Magistraturas de enlace de España en el extranjero

La figura de los magistrados de enlace viene regulada en la Ley 16/2015, de 7 de julio, por la que se regula el estatuto del miembro nacional de España en Eurojust, los conflictos de jurisdicción, las redes judiciales de cooperación internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el Exterior, así como en el Real Decreto 242/2019, de 5 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del personal del Ministerio de Justicia que lleva a cabo la acción en el exterior en materia de justicia, que considera como su primera misión la de promover y facilitar la cooperación judicial en materia civil y penal entre España y el Estado ante el que están acreditados. 

España dispone actualmente de magistrados y magistradas de enlace destinados en la República Francesa, el Reino de Marruecos, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte (con acreditación ante la República de Irlanda), los Estados Unidos de América (con acreditación ante Canadá) y el Reino de Bélgica, con acreditación en el Reino de los Países Bajos y el Gran Ducado de Luxemburgo