El Ministerio Fiscal tiene como finalidad:
- Promover la acción de la justicia defendiendo la legalidad.
- Promover los derechos de los ciudadanos.
- Actuar en favor del interés público (de oficio o a petición de los interesados).
- Velar por la independencia de los Tribunales.
- Procurar satisfacer el interés social.
El Ministerio Fiscal es un órgano integrado dentro del Poder Judicial que actúa con autonomía en cuanto al desempeño de sus funciones y ejerce su misión por medio de órganos propios, actuando de forma coordinada y unitaria en todo el territorio del Estado. El Ministerio Fiscal está organizado de forma jerárquica y estructurada (por ejemplo, el Fiscal General del Estado está asistido por el Consejo Fiscal), debiendo actuar en todo caso conforme a la Ley y de forma imparcial.
Cuáles son los órganos del Ministerio Fiscal
- Son órganos del Ministerio Fiscal:
- El Fiscal General del Estado.
- El Consejo Fiscal.
- La Junta de Fiscales de Sala.
- La Fiscalía del Tribunal Supremo.
- La Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.
- La Fiscalía de la Audiencia Nacional.
- La Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas.
- La Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción.
- Las Fiscalías de los Tribunales Superiores de Justicia.
- Las Fiscalías de las Audiencias Provinciales.
- La Fiscalía del Tribunal de Cuentas se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica de dicho Tribunal.
Categorías
Las categorías de la Carrera Fiscal serán las siguientes:
- Fiscales de Sala del Tribunal Supremo (equiparados a Magistrados del Alto Tribunal). El Teniente Fiscal del Tribunal Supremo tendrá la consideración de Presidente de Sala. El Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica tendrá la consideración de Fiscal de Sala en los términos previstos.
- Fiscales equiparados a Magistrados.
- Abogados-fiscales equiparados a Jueces.
Será preciso pertenecer a la categoría primera para poder acceder a los siguientes destinos:
- Teniente Fiscal del Tribunal Supremo.
- Fiscal Inspector Jefe.
- Fiscal Jefe de Sala del Tribunal Supremo.
- Fiscal Jefe de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.
- Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional.
- Fiscal Jefe del Tribunal de Cuentas.
- Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas.
- Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción.
Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales tendrán la categoría equiparada a la del respectivo Presidente. La retribución de los Fiscales Jefes a que se refiere el apartado anterior, en tanto desempeñen la jefatura, será acorde con las responsabilidades inherentes al ejercicio de aquéllas.
Será preciso pertenecer a la categoría segunda para servir los restantes cargos en las Fiscalías del Tribunal Supremo, ante el Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Tribunal de Cuentas, Inspección Fiscal, Secretaría Técnica, Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas y para la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción. También será preciso pertenecer a la categoría segunda para servir el cargo de Fiscal Jefe y Teniente Fiscal.
La plantilla fijará la categoría necesaria para servir los restantes servicios fiscales.
Ingreso
El ingreso en la Carrera Fiscal se hará por oposición libre entre quienes reúnan las condiciones de capacidad, que se realizará conjuntamente con la de ingreso en la Carrera Judicial, en los términos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Incompatibilidades
El ejercicio de cargos fiscales está sujeto a las incompatibilidades y prohibiciones establecidas en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Convocatoria
La convocatoria para el ingreso en la Carrera Fiscal se realiza conjuntamente con la de ingreso en la Carrera Judicial, con el fin de reducir el elevado número de vacantes de Jueces y Magistrados, unificándose el procedimiento selectivo en fase de oposición con pruebas y Tribunales únicos, evitando que las mismas personas superen ambos procesos con la pérdida de efectivos que ello acarrea.
Finalizada la oposición, se manifiesta la separación de ambas Carreras mediante la opción de cada aspirante en función de la puntuación obtenida por la incorporación en la Carrera Judicial o en la Carrera Fiscal.
Para poder acceder a la convocatoria a las oposiciones se deberá presentar la solicitud correspondiente que se facilitarán gratuitamente en:
- La sede del Consejo General del Poder Judicial.
- Sede del Ministerio de Justicia.
- En la de los Tribunales Superiores de Justicia.
- Audiencias Provinciales
- Gerencias Territoriales.
Lugar de presentación de solicitudes para tomar parte en la Oposición
Plazo para la presentación de solicitudes
Se deberá presentar la solicitud dentro de los veinte días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOE.
Documentación que se acompañará a las solicitudes
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho la tasa por derechos de examen o su derecho a la exención de la misma.
Programa
Programa aprobado en el BOE de 29 de marzo de 2003.
Primer y Segundo Ejercicio:
- Teoría General del Derecho y Derecho Constitucional (34 temas)
- Derecho Civil (89 temas)
- Derecho Penal (60 temas)
Tercer Ejercicio:
- Derecho Procesal Civil (60 temas)
- Derecho Procesal Penal (35 temas)
- Derecho Administrativo (18 temas)
- Derecho Mercantil (35 temas)
- Derecho Laboral (19 temas)
Ejercicios
Tres ejercicios teóricos de carácter eliminatorio.
- Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario-test sobre Teoría General del Derecho y Derecho Constitucional, Derecho Civil y Derecho Penal.
- Segundo ejercicio: Consistirá en exponer oralmente ante el Tribunal cinco temas de las siguientes materias: uno de Teoría General del Derecho y Derecho Constitucional, dos de Derecho Civil, y dos de Derecho Penal. Duración total: 75 minutos.
- Tercer ejercicio: Consistirá en el desarrollo oral de cinco temas, uno por cada una de las siguientes materias: Derecho Procesal Civil, Derecho Procesal Penal, Derecho Administrativo, Derecho Mercantil y Derecho Laboral. Duración total: 75 minutos.