Acceder a un puesto en el Ministerio de Justicia o Administración de Justicia no es una tarea sencilla, pero como todos los retos, la recompensa merece la pena. El ingreso estará basado en los principios de mérito y capacidad para el ejercicio de las distintas funciones propias de cada organismo, y se produce mediante la superación de una oposición libre, concurso-oposición o por concurso de meritos, adquiriendo la condición de funcionarios de la Administración.
Las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria, serán objeto de una única Oferta de Empleo Público anual, que se elaborará de conformidad con los criterios para el Sector Público Estatal, establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Las Comunidades Autónomas determinarán en sus respectivos ámbitos territoriales las necesidades de recursos humanos respecto de los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia sobre los que han asumido competencias y lo pondrán en conocimiento del Ministerio de Justicia.
El Ministerio de Justicia elaborará la Oferta de Empleo Público integrando de forma diferenciada las necesidades de recursos determinadas por las Comunidades Autónomas con las existentes en el resto del territorio del Estado que no haya sido objeto de traspaso y la presentará al Ministerio para las Administraciones Públicas quien la elevará al Gobierno para su aprobación.
Aprobada la Oferta de Empleo Público, el Ministerio de Justicia procederá a la convocatoria de los procesos selectivos.
En las Ofertas de Empleo Público se reservará un cupo no inferior al 5% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes en la forma que se determine reglamentariamente.
El contenido del temario, así como de las pruebas a realizar serán únicos para cada Cuerpo en todo el territorio del Estado, salvo las pruebas que puedan establecerse para la acreditación del conocimiento de la lengua y del Derecho civil, Foral o especial, propios de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, que tendrán carácter optativo y, en ningún caso, serán eliminatorias, teniéndose en cuenta la puntuación obtenida conforme al baremo que se establezca, a los solos efectos de adjudicación de destino dentro de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Las pruebas selectivas, se convocarán y resolverán por el Ministerio de Justicia y se realizarán, de forma territorializada en los distintos ámbitos en los que se hayan agrupado las vacantes.
Las convocatorias y sus bases, que serán únicas para cada Cuerpo, se ajustarán, en todo caso, a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Real Decreto por el que se apruebe el Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas, de forma simultánea. Si dicha simultaneidad no fuese posible, los términos y plazos establecidos en la convocatoria, se contarán, en todo caso, a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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