Es el instrumento por el cual las personas interesadas pueden recurrir las calificaciones negativas de los Registradores y Registradoras ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en la forma y según los trámites previstos en la Ley Hipotecaria.
EI recurso deberá recaer exclusivamente sobre las cuestiones que se relacionen directa e inmediatamente con la calificación registral rechazándose cualquier otra pretensión basada en otros motivos o en documentos no presentados en tiempo y forma.