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La Abogacía General del Estado, con nivel orgánico de Subsecretaría, es el órgano administrativo encargado de prestar un servicio jurídico público estatal de excelencia en los términos establecidos en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en su normativa complementaria.
Dicha asistencia jurídica consiste en asesorar, representar y defender en juicio, desde todas las especialidades del derecho, a la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, a los órganos constitucionales y, mediante convenio, a otras administraciones territoriales y entidades del sector público institucional a nivel estatal, autonómico y local, así como a los altos cargos y empleados públicos en el ejercicio de sus funciones. Igualmente, consiste en defender al Reino de España a nivel internacional.