Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz

​​​​El Real Decreto 257/1993, de 19 de febrero, regula las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, previstas en el artículo 50 de la Ley 38/1998 de Demarcación y de Planta Judicial. El Real Decreto determina que en municipios con circunscripciones territoriales limítrofes y pertenecientes a un mismo partido judicial se pueden constituir Agrupaciones de Secretarías, con sede en el municipio con mayor población de derecho de los agrupados. Las Agrupaciones concentran la actividad de los Juzgados de Paz que las integran, especialmente en lo relacionado con los cometidos de los Registros Civiles, y su principal particularidad es que están dotadas de personal al servicio de la Administración de Justicia.

La dispersión temporal de la entrada en funcionamiento de las Agrupaciones actualmente existentes ha dificultado la posibilidad de contar con una visión sistematizada de su estructura y ámbito territorial. El conjunto de documentos ahora incorporados constituye el repertorio completo de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz en funcionamiento en todo el territorio nacional. Cada documento pdf identifica la sede de la Agrupación, el Partido Judicial del que depende, los Juzgados de Paz que la integran, y aporta cifras de población y superficie.